Colombia

La Corte colombiana rechaza el referendo
para que Uribe busque reelección

Agence France Presse (AFP), 26/02/10

Bogotá.– La Corte Constitucional de Colombia rechazó hoy la convocatoria a un referendo para permitir al presidente Álvaro Uribe buscar su segunda reelección inmediata en los comicios del 30 de mayo, al dictaminar como inconstitucional la iniciativa y señalar que no cumple con el procedimiento de un trámite tan exigente como una reforma en la materia.

Con una votación de siete en contra y dos en favor, la Corte no aprobó la consulta reeleccionista –como demandaba el Congreso, acorde con una iniciativa aprobada en septiembre pasado por el oficialismo–, con lo que acabó el sueño del mandatario de prolongar su presidencia hasta 2014 en un tercer mandato.

Tras el fallo, Uribe anunció que “acato y respeto la sentencia de la Corte Constitucional, mediante la cual declara inexequible la ley que convocaba a un referendo de reelección presidencial. Espero seguir sirviendo a Colombia desde cualquier trinchera hasta el último día de mi existencia”.

Desde el puerto caribeño de Barranquilla, dijo confiar en que el próximo gobernante “mantendrá los preceptos de seguridad y confianza que hemos recuperado”. Resaltó que a su gobierno lo ha “movido el profundo amor por Colombia”.

La mayoría de los miembros de la Corte respaldaron la ponencia del magistrado Humberto Sierra, un estudio de 400 páginas, en el cual expuso una serie de irregularidades de procedimiento. Entre éstas mencionó violaciones a los topes financieros y en el proceso de campaña para la consulta y recolección de firmas para apoyar la iniciativa.

Asimismo consideró que se cambió la pregunta del referendo en el Senado, en relación con la que propusieron los ciudadanos, la cual había sido votada por la Cámara de Representantes.

La sentencia, dada a conocer por el magistrado presidente del tribunal, Mauricio González, destaca que la consulta, que buscaba la nueva reelección, atentaba contra “ejes estructurales” de la Constitución de 1991. Añade que se violan preceptos básicos, como la separación de poderes, el sistema de pesos y contrapesos, la alternancia democrática y el principio de igualdad democrática.

La decisión jurídica, la más importante de los últimos años en la política colombiana, marca el inicio de una difícil campaña para los rivales que buscan remplazar a Uribe, quien después de casi ocho años en el poder se convirtió en uno de los presidentes con más apoyo popular gracias a su estrategia de fuerza para combatir a las guerrillas izquierdistas.

Uribe, el aliado más importante de Estados Unidos en América Latina en momentos en que gobernantes como el venezolano Hugo Chávez mantiene un fuerte protagonismo en la región, nunca expresó abiertamente su intención de ser candidato para una segunda reelección, pero los hechos demostraban su deseo de continuar gobernando el país.

La decisión del tribunal implica una derrota para el mandatario, quien llegó al poder en 2002 con la promesa de derrotar militarmente a la guerrilla. Uribe logró su primera reelección en 2006, con base en una reforma a la Constitución que impulsaron los partidos de su coalición de gobierno en el Congreso, pero que en esta oportunidad no pudo repetir.

El ex ministro de Defensa con Uribe, Juan Manuel Santos, parece despuntar entre las opciones electorales por el oficialismo tras ser descartado el mandatario.


Álvaro Uribe no podrá volver a ser presidente

Sur y Sur, 27/02/10

El presidente de Colombia, Álvaro Uribe, no podrá presentarse como candidato en las elecciones presidenciales del 30 de mayo, según una decisión adoptada este viernes por la Corte Constitucional, que declaró inexequible –es decir, imposible de ejecutar– la Ley 1354 de 2009, "Por medio de la cual se convoca a un referendo constitucional y se somete a consideración del pueblo un proyecto de reforma constitucional" para darle vía libre a una segunda reelección presidencial.

Siete de los nueve miembros de la Corte Constitucional apoyaron la ponencia del magistrado Humberto Sierra Porto, para quien los vicios de forma no son simples formalismos, sino irregularidades que atentan contra la esencia de la democracia y contra artículos expresos de la Constitución.

La ley de convocatoria del referendo había sido aprobaao en septiembre pasado por el Congreso, de mayoría uribista, para que el actual presidente pudiera volver a postularse a un tercer mandato, tras haber reformado la constitución en 2004 recurriendo a la compra de votos y al delito de "cohecho", lo que se destapó en 2008 con el escándalo conocido como "Yidis política".

Uribe, luego de conocer el fallo le envió el mensaje a la país de no abandonar el rumbo.  “Tengo un deseo, de poder servir a Colombia desde cualquier trinchera, desde cualquier circunstancia, hasta el último día de mi vida. Deseo que el país mejore el rumbo, pero que no abandone el rumbo. Las generaciones vivas desde los años 40 no hemos tenido un día completo de paz”, dijo el mandatario en una alocución desde Barranquilla, reconociendo lo que tantos esfuerzos ha hecho por negar y disfrazar: que en Colombia hay una guerra.

La decisión de la Corte Constitucional desató un cúmulo de reacciones entre los candidatos que optan a la presidencia de Colombia. Pese a su declarada "tristeza", el principal beneficiado por la decisión del alto tribunal es el ex ministro de Defensa y presidente del Partido de la U, Juan Manuel Santos, quien con toda probabilidad será el candidato presidencial del uribismo como proyecto paramilitar, articulado en torno a la política de "Seguridad Democrática".

No en vano Juan Manuel Santos ha sido, durante los tres años en que se desempeñó como Ministro de Defensa, hasta su dimisión en mayo pasado, la cara más dura (en toda la acepción del término) del régimen uribista. A él cabe atribuirle la responsabilidad política directa por las más de dos mil ejecuciones extrajudiciales de jóvenes y campesinos asesinados por la Fuerza Pública y luego presentados como "guerrilleros caídos en combate", lo que se conoce en Colombia como el escándalo de los Falsos Positivos (un escándalo con sordina, que no se ha cobrado ni un solo alto mando militar ni político en términos penales).

Y fue Juan Manuel Santos el responsable político directo del criminal ataque contra territorio ecuatoriano denominado "Operación Fénix", durante la que el 1 de marzo de 2008 fueron asesinadas mientras dormían 26 personas en un campamento guerrillero de las FARC, entre ellas, el comandante Raúl Reyes, un civil ecuatoriano y cuatro estudiantes mexicanos. Esta agresión violatoria del Derecho Internacional Humanitario provocó una grave crisis diplomática con Ecuador y Venezuela, y llevó a un juez ecuatoriano a dictar orden de captura internacional contra Juan Manuel Santos y los generales colombianos Freddy Padilla, jefe de las Fuerzas Militares; Óscar Naranjo, jefe de la Policía, y Mario Montoya, ex comandante del Ejército.

Es llamativo que la causa contra Juan Manuel Santos y sus secuaces haya sido sobreseida por el juez ecuatoriano Francisco Revelo esta misma semana, después de que los mandatarios de Ecuador, Rafael Correa, y de Colombia, Álvaro Uribe, se reunieran en México en el marco de un proceso de restablecimiento de las relaciones bilaterales que ha avanzado hasta la designación de encargados de negocios en las embajadas de los dos países.

Argumentos de la Corte Constitucional

La revista Semana reseña los principales puntos de la ponencia del magistrado Sierra Porto: "Su análisis se concentró en revisar si se incurrió en vicios insalvables en el trámite de la ley que convoca el referendo. Para él no era automático que los vicios de trámite fueran de segunda categoría frente a la voluntad popular, como conceptuó el procurador, Alejandro Ordóñez.

Este fue el principal fundamento en la ponencia de Sierra: que los vicios de forma no son simples formalismos, sino irregularidades que atentan contra la esencia de la democracia y contra artículos expresos de la Constitución. El texto exalta la voluntad popular, como lo hizo también el Procurador, pero, a diferencia de éste, dejó claro que en la democracia son indispensables ciertas reglas para que se exprese esa voluntad popular.

El vicio más grave, según se desprende de la lectura de la ponencia, es el de la manera como se financió la recolección de las firmas para convocar al referendo. El magistrado estudió una a una las pruebas y llegó a la conclusión de que la convocatoria no fue resultado de la libre expresión del pueblo, sino de grupos que con intereses particulares se ‘toman’ esa voluntad popular. El Comité de Promotores gastó en la campaña del referendo seis veces más que el monto autorizado; hubo aportes individuales superiores hasta casi 30 veces el monto permitido y más del 60 por ciento de quienes violaron los topes individuales eran contratistas del Estado. El magistrado calificó además como una "maniobra para burlar la ley" el intento que hizo el comité de promotores de ocultar la violación de los topes utilizando como mampara la Asociación Colombia Primero.

Por cuenta de este lío de la financiación se desprende el segundo vicio por el cual Sierra Porto pidió hundir el referendo. Y es que los congresistas comenzaron a discutir el proyecto sin contar con uno de los permisos que exige la ley estatutaria de los mecanismos de participación. Se trata de la famosa certificación que debía dar el Registrador Nacional. La tarea era aparentemente simple. Consistía en poner un chulo con el cual el Registrador certificaba que la recolección de las firmas se había ceñido a las normas. Pero el Registrador nunca dio ese chulo, porque el Consejo Nacional Electoral (CNE), a su vez, no fue capaz de reconocer que se habían violado los topes. El CNE decidió lavarse las manos y dejar esa papa caliente a un grupo de conjueces que llegó a la misma conclusión del magistrado Sierra Porto. Pero su decisión fue echada en saco roto. La falta de ese papelito, valga recordar, fue la razón para que la Corte Suprema abriera investigación a 86 representantes a la Cámara.

Todas esas irregularidades llevaron a Sierra Porto a plantear una reflexión de fondo: "Esta certificación resulta un elemento fundamental porque cumple una finalidad de salvaguarda de la democracia, evitando que mecanismos de participación (como el referendo) se conviertan en instrumento de grupos que, con el suficiente dinero y sin un límite en los recursos, terminen por apropiarse de la voluntad popular ciudadana desdibujando completamente su esencia como expresión espontánea de los distintos pareceres de la sociedad".

Los otros tres vicios del referendo que registró el magistrado también tenían para él un hondo calado constitucional. El cambio de la pregunta, por ejemplo, es uno de ellos. Lo interesante es que Sierra no se enredó en la discusión de si la gente firmó para que Uribe pudiera ser reelegido en 2010 o en 2014, pues por ese camino se terminaba en conclusiones subjetivas. Lo que dijo fue que el Congreso se "excedió" en sus atribuciones al hacer una modificación "sustancial" del texto original de la pregunta.

La cuarta irregularidad fue la de los cinco tránsfugas que cambiaron de partido solamente para votar la conciliación en septiembre pasado. Para esa época las cuentas no daban y buena parte del mundo político daba por muerto el referendo. La sorpresa fue que en el momento de la votación, la conciliación pasó con 85 votos, uno más de los que se necesitaban. Lo que afirmó Humberto Sierra fue que cinco de esos votos no eran válidos porque los depositaron congresistas que estaban impedidos para votar. La sanción les había sido impuesta por el Comité de Ética de Cambio Radical, el partido al cual pertenecían. El día antes de la votación se trastearon para el partido de la U y depositaron su voto a favor de la conciliación del referendo. Para Sierra Porto, el cambio de partido no los eximía del veto que pesaba sobre ellos.

El quinto y último vicio que, según Sierra, dio lugar a declarar inexequible el referendo fue la manera como se convocaron las sesiones extra del Congreso el 17 de diciembre de 2008. Esas extras, que empezaron a las 0:05 minutos de la madrugada, fueron definitivas para que el ministro del Interior, Fabio Valencia, pudiera mantener el quórum que tenía cautivo y gracias a eso un rato después logró que la plenaria de la Cámara de Representantes aprobara el referendo. Sin embargo, la ponencia de la Corte afirma que esa sesión es nula porque empezó sin que se hubiera publicado en el Diario oficial el decreto que convocaba las extras. Y esto, que puede parecer una irregularidad menor, para Sierra es un requisito indispensable para garantizar que todos los congresistas y no sólo los que estaban esa noche en el recinto se pudieran enterar de la nueva convocatoria.

El procurador Alejandro Ordóñez en su concepto reconoció la existencia de varias de esas irregularidades, pero consideró que no alcanzaban a tener la categoría para invalidar la expresión de la voluntad popular que para él prima sobre cualquier otra consideración. Un ejemplo de esto es que afirmó que no era necesaria la publicación en el Diario oficial de la convocatoria de las sesiones extra, pues la lectura que se le había dado al decreto en el recinto del Congreso pasadas las 12 de la noche era suficiente.

No es este el único punto en el que contrastan el concepto del Procurador y la ponencia del magistrado. Ordóñez, en su apoyo casi irrestricto a la voluntad del pueblo, acaba acogiendo la teoría del Estado de opinión con la misma convicción con que lo hace José Obdulio Gaviria. Sierra Porto, por su parte, se podría decir que es un constitucionalista ortodoxo cuya prioridad es reivindicar el Estado de derecho".