Mar - 2 - 2019

Tras la aprobación del plan fiscal y la consecuente derrota de la huelga nacional del sector público, el gobierno de Carlos Alvarado consolidó un cambio en la correlación de fuerzas a favor de la burguesía. Esto explica que gobierno y partidos patronales pasaran a la ofensiva en los últimos meses, lanzando ataques recurrentes contra los trabajadores y trabajadoras del sector público, además contra las organizaciones sindicales. Incluso ya Carlos Alvarado insinuó que, para 2020, plantearía otro plan fiscal con el objetivo de elevar el IVA del 13 al 15%.

Entre los ataques del gobierno y la burguesía queremos referirnos con detalle a dos casos: el anti-democrático proyecto de ley 21049 que en los hechos prohíbe el derecho a huelga y el encarcelamiento de Carlos Andrés Pérez por actos relacionados con la huelga contra el combo fiscal.

Hacia la prohibición del derecho a huelga en Costa Rica

El diputado Carlos Ricardo Benavidez, jefe de fracción de Liberación Nacional (PLN), presentó el proyecto de ley 21049 (“Ley para brindar seguridad jurídica sobre la huelga y sus procedimientos), donde plantea una serie de medida anti-democráticas que limitan al extremo el ejercicio real del derecho a huelga, en particular en el sector público donde aún persisten garantías para la organización sindical y están los sindicatos más grandes del país.

A continuación detallamos algunas de las medidas anti-sindicales de dicho proyecto de ley, el cual tiene vía rápida y es factible que sea votado entre abril y mayo del presente.

1.      Agrega como causal para la disolución de sindicatos «Que organizan o incitan a sus afiliados a impedir la libertad de tránsito de los ciudadanos; a realizar sabotaje sobre bienes públicos o a llevar a cabo cualquier conducta que comporte un ilícito penal.»   De esta forma se abre un portillo antidemocrático para disolver sindicatos en caso de realizar un corte de ruta, siendo posible inclusive la disolución de éstos por el accionar individual de uno de sus afiliados.

2.      Prohibir la huelga en servicios esenciales, por lo que, no se procede a su calificación. Los juzgados de trabajo y la Procuraduría General de la República pueden notificar para demandar la reincorporación en un plazo de 24 horas. Así, se prohibiría automáticamente toda huelga en los denominados servicios esenciales, siendo que en el caso costarricense se emplea abusivamente este término por fuera de los criterios establecidos por la OIT. Por ejemplo, se incluyen los muelles como servicios esenciales y la posición que expuso la Procuraduría General de la República en su reciente audiencia en la Asamblea Legislativa sugería incluir la educación como un servicio esencial.

3.      El rebajo de salarios (en caso de una declaratoria de ilegalidad de la huelga) será retroactivo desde el momento en que el patrono solicita la declaratoria, es decir desde el primer día de huelga. Esto es una reforma regresiva que castiga a los trabajadores y trabajadoras que ejercen su derecho a la huelga, aún cuando el proceso de la calificación de ilegalidad no está en firme.

4.      Suspensión de huelgas declaradas legales si después de ocho días no hay acuerdo entre patronos y trabajadores. La patronal debe solicitar la suspensión que será dictaminada por un juez si considera que “se está causando daños de difícil o imposible reparación a la ciudadanía”. De esta forma, el ejercicio del derecho a huelga queda reducido a la necesidad de conciliación dentro de ocho días con los patronos, donde además en caso de no resolver las demandas, la huelga puede ser declarada ilegal bajo una ambigüedad jurídica muy amplia que recae en la interpretación del juez.

5.      Reducción el plazo para presentar apelación a 2 días y da un máximo de 3 días para que el Tribunal de Apelaciones resuelva. Esto restringe los plazos para formular una apelación ante declaratoria de ilegalidad de la huelga lo cual amerita una investigación a fondo para la fundamentación de la misma, así mismo se reduce el tiempo que tiene el tribunal para que responda a las apelaciones de los sindicatos lo cual puede dar paso a resoluciones apresuradas que violentan el debido proceso.

En resumen: es un proyecto de ley que persigue cercenar el derecho a huelga en el sector público, último rescoldo del sindicalismo en el país. ¡Este es el verdadero rostro de la dictadura de las patronales en Costa Rica, que ya destruyó gran parte del sindicalismo e la empresa privada y ahora apunta contra el sector público!

Intentos por criminalizar la protesta social

En medio de la huelga contra el combo fiscal, el gobierno y los medios de comunicación burgueses desataron una campaña de criminalización de las personas trabajadoras en huelga, a quienes achacaron la responsabilidad de actos de sabotaje en los planteles de Recope en La Garita y Limón, así como el supuesto secuestro de los quirófanos en el Hospital San Juan de Dios.

No tuvieron que transcurrir muchos días para que resultara evidente que esas acusaciones no tenían fundamento, pero esto no impidió que fuesen útiles al gobierno para desprestigiar la lucha contra el plan fiscal.

Además creó un ambiente anti-sindical que tuvo como víctima al trabajador Carlos Andrés Pérez, trabajador de Recope en Limón, quien fue injustamente condenado a dos años de prisión a finales de noviembre, en un juicio que la defensa del acusado y organismos de derechos humanos denunciaron por contener vicios procesales y reflejar una parcialización por parte del juez, quien tan siquiera valoró todas las pruebas aportadas por la defensa del imputado. Incluso el juez le negó el beneficio condicional de la pena (aplicable para condenas menores de tres años de prisión y para personas sin condenas anteriores), obligándolo a purgar prisión preventiva hasta que la sentencia quedara en firma (aunque el imputado cumplió todas las medidas cautelares previas y no había peligro de fuga).

Por este motivo, el caso de Carlos Andrés Pérez fue catalogado por organizaciones sindicales, de derechos humanos y de la izquierda como un preso político, a quien se le condenó a prisión por su vinculación al movimiento de huelga[1].

A finales de febrero un Tribunal de Apelación anuló la sentencia y Carlos Andrés quedó en libertad (aunque se tendrá que repetir el juicio), reafirmando muchos de los criterios expuestos por la defensa, pues era evidente que la sentencia en primera instancia tenía una fuerte carga política anti-sindical. De hecho la sentencia del tribunal de apelación resaltó lo burdo de la primera condena y remitió el caso a la Inspección Judicial para que investigarán al juez de primera instancia: “Pocas veces este Tribunal se ha enfrentado a un proceso y a una sentencia cargada de tantos y tan graves errores en la aplicación del derecho vigente como la presente (…) Por ello, porque se estima, conforme a lo indicado, que no se trata de simples discrepancias de criterios jurídicos o de errores menores, sino de un burdo desconocimiento del derecho penal y procesal penal, se considera procedente testimoniar piezas ante el Tribunal de la Inspección Judicial”[2].

¡Hay que reorganizar las fuerzas para enfrentar los ataques del gobierno y la burguesía!

La derrota de la huelga contra el combo fiscal es un golpe para el movimiento sindical. Aunque no hubo despidos y rebajos salariales (al menos generalizados a los principales sectores en huelga), las derrotas siempre producen un efecto desmovilizador que se extiende por algún tiempo. Aunado a esto, las dirigencia sindicales burocráticas no levantan un plan para reordenar a sus bases y enfrentar los ataques del gobierno y los partidos patronales. Al respecto, resulta escandaloso que las organizaciones sindicales apenas hagan una “oposición formal” al proyecto de ley 21049, aunque represente un ataque contra el derecho a huelga en el país.

Desde el Nuevo Partido Socialista (NPS) consideramos necesaria la formación de una Coordinadora Nacional de lucha por la defensa de la libertad sindical. Este espacio abierto y democrático, aglutinador de todos los sectores en lucha, entre ellos: sindicatos, estudiantes, mujeres, ambientalistas, trabajadores del sector privado y organizaciones de izquierda; debe perfilarse como un espacio unitario para discutir sobre la alarmante situación nacional y definir un plan escalonado de lucha para derrotar en las calles el nefasto proyecto de “Ley para brindar seguridad jurídica sobre la huelga y sus procedimientos”, así como continuar la campaña en defensa de Carlos Andrés Pérez.

También, es indispensable para defender la libertad sindical incorporar por todos los medios (con una orientación política desde los sindicatos del sector público) a trabajadores y trabajadoras del sector privado, quienes componen el 86% de la clase trabajadora del país. Para ello, un elemento destacable en el marco de la pelea por el derecho a huelga, es la defensa del derecho a la organización sindical en la empresa privada, esto con el fin de dirigir una lucha que rompa la dictadura de las patronales, puesto que los patronos violan sistemáticamente los derechos laborales contemplados en el Código de Trabajo.

Por otra parte, es indispensable avanzar en la construcción de un partido socialista revolucionario a nivel nacional. El Frente Amplio (FA) demostró que es la izquierda del régimen, ahora más que nunca con su incorporación al gobierno de Alvarado con Patricia Mora (¡una escandalosa traición a la izquierda, pasando a colaborar con un gobierno burgués!). Desde el NPS trabajamos en esta perspectiva, para construir un partido de lucha en el movimiento sindical, estudiantil y feminista, que también participe en las elecciones de forma revolucionaria (utilizándolas como una palestra para agitar un programa socialista y anticapitalista) y que tenga una perspectiva internacionalista. Invitamos a nuestros lectores y lectoras a sumarse y colaborar con nuestro partido.


[1] Johan Madriz, «Preso político en Costa Rica ¡Libertad para Carlos Andrés Pérez Sánchez!», Izquierda Web, en http://izquierdaweb.com/preso-politico-en-costa-rica-libertad-para-carlos-andres-perez-sanchez/ (Consultada el 27/02/2019)

[2] Juan Diego Córdoba, «Tribunal anula condena contra trabajador de Recope por ‘daños agravados’ a tanque de gas durante huelga», La Nación, 26 de febrero de 2019, en https://www.nacion.com/sucesos/judiciales/tribunal-de-apelacion-ordena-liberar-a-trabajador/MUPGTK2W4RFHTDOU3CHXM3CXDE/story/ (Consultado el 27/02/2019)

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